Venta del 10% del capital social de Gas Natural

Repsol y Criteria alcanzaron el pasado 12 de septiembre un acuerdo con GIP III Canary 1 (GIP), sociedad controlada por Global Infrastructure Management LLC, para la venta del 20% del capital social de Gas Natural por un importe total de 3.802.619.492 euros.
Repsol y Criteria vendieron a GIP 100.068.934 acciones cada una, representativas de un 10% del capital social de Gas Natural, por un importe de 1.901.309.746 euros, lo que equivale a un precio de 19 euros por acción.

Plusvalía y cierre de la operación

La plusvalía generada para el Grupo Repsol por la transmisión de este 10% asciende aproximadamente a 246 millones de euros. Como consecuencia de la operación, Repsol y Criteria convinieron asimismo finalizar el acuerdo entre Repsol y La Caixa sobre Gas Natural del 11 de enero de 2000, modificado posteriormente el 16 de mayo de 2002, el 16 de diciembre de 2002 y el 20 de junio de 2003.

El 21 de septiembre Repsol anunciaba el cierre de la operación tras haberse constatado el cumplimiento de la condición suspensiva a la que había condicionado el contrato de compraventa, relativo al gobierno corporativo de Gas Natural. En concreto, tal y como informó Gas Natural mediante hecho relevante publicado ese mismo día, dicha sociedad ha modificado la composición de su Consejo de Administración y de sus comisiones y se ha previsto en el Reglamento de su Consejo de Administración una mayoría de dos tercios de los consejeros para la aprobación de las materias reservadas a las que se hacía referencia en el hecho relevante al inicio citado.

La plusvalía generada para el Grupo Repsol por la transmisión de este 10% asciende aproximadamente a 246 millones de euros

Programa Repsol Dividendo Flexible

Es un programa de retribución que permite a los accionistas decidir si prefieren recibir parte o la totalidad de su retribución en efectivo o en acciones liberadas de Repsol.

grafico 1

 

FISCALIDAD REPSOL DIVIDENDO FLEXIBLE*

OPCIONES EN EL PROGRAMA REPSOL DIVIDENDO FLEXIBLE
Y FISCALIDAD APLICABLE EN EL IRPF. Ejercicio 2016

A) Recibir acciones de Repsol

Sin tributación inmediata:

  •  Se reduce el coste de adquisición de la cartera a efectos fiscales.
  •  Se difiere, por tanto, la tributación al momento posterior de enajenación de las acciones.

No sujeta a retención


B) Venta de los derechos en el mercado

Sin tributación inmediata:

  •  El importe obtenido en la venta reduce el coste de adquisición de la cartera a efectos fiscales.
  •  Se difiere, por tanto, la tributación al momento posterior de enajenación de las acciones.

No sujeta a retención

En 2017 se producirán cambios normativos en este régimen (consideración del importe obtenido en la venta como ganancia patrimonial sujeta a retención).

C) Venta de los derechos a Repsol

Tributación:

  •  Rendimiento de capital mobiliario.
  •  Suprimida la exención de 1.500 € (desde 2015).
  •  Tarifas 2016 (tarifa general; pueden existir variaciones en atención a la comunidad autónoma de residencia).

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Sujeta a retención del 19%

* Aplicable a personas físicas residentes en territorio común. Pueden existir supuestos de tributación distinta a la aquí contemplada (residentes en territorios forales, Ceuta y Melilla y titulares de ADR). Para mayor información, consulte a su asesor legal.